Excavar es fácil; cobrar bien lo excavado y entregarlo dentro de tolerancia es lo difícil. Las dos discusiones que más dinero mueven en este frente son siempre las mismas: si el material era roca o común, y si la cota quedó donde debía. Los valores citados provienen de los Artículos 210 y 600 de las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras del INVIAS.

Los dos artículos que se reparten el trabajo

Primera fuente de errores de presupuesto: el INVIAS no separa las excavaciones por tamaño —no hay ítem de "excavación masiva" ni de "localizada"— sino por su finalidad, en dos artículos de capítulos distintos:

  • Artículo 210 — Excavación de la explanación, canales y préstamos (Capítulo 2). Los cortes a cielo abierto: excavación y nivelación de las zonas donde ha de fundarse la vía, taludes y cunetas incluidos, más la escarificación y compactación de la subrasante. Incluye descapote y préstamos.
  • Artículo 600 — Excavaciones varias (Capítulo 6). La excavación localizada para fundaciones de estructuras, alcantarillas, filtros, gaviones, muros de suelo reforzado, descoles y zanjas. No incluye las del 210 ni los pilotes preexcavados (Art. 621).

En un patio, bodega o vía interna, el volumen grueso va por el 210 y las zapatas y alcantarillas por el 600. Meterlo todo en un ítem es cómo el frente de estructuras termina cobrándose al precio del movimiento de tierra.

Excavación sin clasificar frente a excavación clasificada

Dentro de cada artículo el contrato elige una de dos alternativas de pago, y la decisión se toma antes de excavar:

  • Alternativa I — sin clasificar. Cualquier material, un solo precio unitario (ítems 210.1.1, 210.1.2 y 600.1.1). En el Artículo 600, además, sin importar la tabla de agua.
  • Alternativa II — clasificada. Precios distintos para roca y material común (ítems 210.2.1 a 210.2.4), y en el 600 una subdivisión más entre en seco y bajo agua (600.2.1 a 600.2.4).

Sin clasificar traslada al constructor el riesgo geológico: si aparece roca, se paga igual que la tierra. Clasificada reparte el riesgo, pero obliga a demostrar la clasificación.

La prueba que define si es roca

El numeral 210.1.3.2.1 define excavación en roca como la de masas fuertemente litificadas que requieren el empleo sistemático de explosivos, y da un criterio de campo verificable con equipos y cifras concretas:

Criterio Umbral Cómo se aplica
Bulldozer incapaz de remover el material Mínimo 410 HP y 48.500 kg A máxima potencia con el ripper, ante el interventor
Retroexcavadora incapaz de remover Mínimo 217 HP y 30.200 kg A máxima potencia con los dientes, según el espacio disponible
Velocidad de propagación del sonido Común < 2.000 m/s · roca ≥ 2.000 m/s Medida en condiciones naturales. Método alternativo
Bloques sueltos que requieren explosivos Volumen individual > 1 m³ De macizos alterados o masas naturales

Fuente: numerales 210.1.3.2.1 y 210.1.3.2.3, Artículo 210, INVIAS.

El detalle que gana la discusión. Comprobado el ensayo por las partes, la norma exige dejar constancia en el Libro de Obra. Sin ese registro firmado en el momento, la reclamación posterior es palabra contra palabra. Y un punto práctico: una retroexcavadora estándar de obra urbana está muy por debajo de los 217 HP y 30.200 kg, así que no poder removerlo con la máquina del lote no lo convierte en roca a efectos de pago. Lo que no cumple el criterio es material común.

Ejecución: lo que ordena la norma antes y durante el corte

Actividades previas y drenaje

Antes de excavar deben estar aprobados la localización, el desmonte, la limpieza y las demoliciones. El frente de descapote va delante: las secciones del terreno original se levantan antes de que la máquina toque la capa vegetal.

El numeral 210.4.1.3 obliga además a presentar al interventor un plan de drenaje temporal: la superficie debe tener siempre pendientes que garanticen el escurrimiento. Un corte inundado dos días es una subrasante perdida. Y dos indicadores poco conocidos para juzgar si el tráfico de construcción la daña (numeral 210.4.1.4.1.1): acolchonamientos mayores que 20 mm y ahuellamientos mayores que 25 mm.

Cuando el fondo aparece con problemas

La norma anticipa tres casos, con una profundidad para cada uno:

  • Suelo expansivo (INV E‑132): se excava hasta 1 m por debajo del nivel proyectado y el fondo no se compacta. Se rellena con material del Art. 220: los 70 cm inferiores para núcleo y los 30 cm restantes para corona.
  • Material orgánico (más del 2% en masa, INV E‑121): se remueve hasta 1 m o hasta que la característica orgánica cese. Los 30 cm superiores para corona, el resto para núcleo.
  • Roca: se profundiza 15 cm bajo la subrasante, y lo sobreexcavado se rellena con material seleccionado o sub base granular.

Compactación de la subrasante en corte

Normativa útil aunque no la ejecute su proveedor de máquina. El numeral 210.4.1.4.2 establece que siempre se requiere compactar la subrasante en corte, en espesor no menor de 15 cm si apoya directamente el pavimento; si el proyecto lo prohíbe, el diseño debe prever encima una capa de mejoramiento de 20 cm mínimo. El control (numeral 210.5.2.2) acepta el lote si GCl(90) ≥ 95,0 % para suelos A‑1, A‑2‑4 y A‑3 (INV E‑142) y ≥ 100,0 % para otros (INV E‑141). El lote es el menor de 500 m lineales, 3.500 m² o una jornada, con mínimo 5 ensayos y 1 prueba por hectómetro.

Seguridad: taludes y entibado

El INVIAS no reemplaza la normativa de seguridad y salud en el trabajo, pero fija responsabilidades técnicas claras:

  • Los taludes provisionales los define un ingeniero geotecnista dentro de los procedimientos constructivos (numeral 210.4.1.1). No es decisión del operador.
  • Hay que evitar el descalce del pie de la excavación y las voladuras que desestabilizan bloques de roca.
  • Toda excavación con peligro de derrumbe debe entibarse a satisfacción del interventor, retirando los entibados antes de rellenar (numeral 600.4.1).
  • La protección superficial del talud se ejecuta justo después de excavar.
  • Los trabajos se realizan en luz solar; el nocturno requiere autorización e iluminación. Las excavaciones varias, además, sin lluvia y con temperatura a la sombra no inferior a 2 °C.

Para dimensionar taludes y entibados, siga el estudio geotécnico y la reglamentación de seguridad vigente: no hay tabla universal de inclinación segura.

Medición, pago y acarreo

La unidad de los dos artículos es el metro cúbico (m³) de material excavado en su posición original — el 210 al m³ completo, el 600 a la décima. Se verifica el terreno antes y después; si el constructor modifica el perfil antes de que el interventor mida, se atiene a lo que este determine unilateralmente.

No se pagan: las sobreexcavaciones por negligencia (hay que rellenarlas a costa propia), los sobreanchos para encofrados, los volúmenes empleados en mamposterías, concretos, filtros, subbases, bases y rodadura —se descuentan— ni los derrumbes por procedimientos inadecuados.

Y el punto que más desbalancea un presupuesto: el precio unitario cubre el acarreo libre, pero el transporte a más de 100 m se paga aparte, por el Artículo 900. Si el botadero está a 8 km, es partida propia.

Tolerancias de recibo

Elemento Tolerancia Norma
Cota de la subrasante terminada Máximo 3 cm hacia abajo. Nunca por encima de la cota de proyecto 210.5.2.1
Fondo de cunetas, zanjas y canales Máximo 3 cm de diferencia 210.5.2.1
Distancia del eje al borde de la excavación No menor que la de planos 210.5.2.1
Pendiente longitudinal de canales y zanjas Mínimo 0,25 %, salvo autorización escrita 210.4.2
Excavaciones varias: cota / planta Máximo 3 cm / 5 cm 600.5.2
Fondo de cimentación en suelo (no roca) No remover los últimos 20 cm hasta colocar el cimiento 600.4.2.1

Fuente: Artículos 210 y 600, INVIAS. Las deficiencias que excedan estas tolerancias se corrigen sin costo para el contratante.

Qué hacer con el material excavado

El Artículo 210 es imperativo: todo material utilizable y necesario para la obra se debe utilizar en ella, y no puede retirarse para otros fines sin autorización del interventor. Los sobrantes sirven para tender taludes o emparejar zonas laterales; solo lo inservible va a vertedero (Artículo 106).

Manda el balance de masas: si el corte da material apto, se reutiliza y se compra menos. Si no cumple —en el Atlántico abundan los suelos finos plásticos, inservibles como capa estructural—, hay que comprar:

Excavación y material en el Atlántico

Ejecutamos excavación con retroexcavadora y motoniveladora, y suministramos el material de reposición desde nuestra cantera en Arroyo de Piedra, con títulos mineros vigentes y ensayos por lote. El criterio de qué material cumple está en terraplén según INVIAS Art. 220; la capa de encima, en sub base granular según INVIAS Art. 320. Operamos en Barranquilla, Soledad, Galapa y los demás municipios del Atlántico.

Qué hacemos y qué no. Con retroexcavadora y motoniveladora ejecutamos descapote, excavación, explanación, nivelación y conformación de rellenos: el alcance completo está en movimiento de tierras. No ejecutamos la compactación —no operamos vibrocompactador ni entregamos ensayos de densidad Proctor—, así que el control de compactación descrito arriba lo debe cubrir el contratista de obra.

En resumen

  • El INVIAS reparte por finalidad: Art. 210 explanación, canales y préstamos; Art. 600 estructuras, alcantarillas, filtros y zanjas.
  • Se contrata sin clasificar o clasificada (roca / material común, y en el 600 en seco / bajo agua).
  • Roca se demuestra con equipo: bulldozer de 410 HP / 48.500 kg o retroexcavadora de 217 HP / 30.200 kg incapaces de remover, o sonido ≥ 2.000 m/s, con constancia en el Libro de Obra.
  • Tolerancia de cota: 3 cm, nunca por encima de la de proyecto.
  • El material apto debe reutilizarse. Acarreo libre en el precio; más de 100 m, Artículo 900.